Posición de un resultante de fuerza (Arrancamiento, Superficie de contacto)

En caso de que se produzca un arrancamiento, una parte de la base de la cimentación no participa en la transferencia de presión al suelo. Este fenómeno puede permitirse bajo la cimentación de pilares cargados con momentos procedentes de cargas vivas, con la excepción de las cargas dinámicas.

  1. ACI \ BS 8004:1986 \ CSA

    No hay ninguna condición que limite la excentricidad disponible en las normas mencionadas. Si se requiere un análisis de este tipo, es necesario comprobar este valor manualmente.

  2. DTU 13.12 / Fascicule 62 Titre V

    Medida que define el arrancamiento de la cimentación para la noma Fascicule 62 Titre V. Es la superficie de contacto efectiva entre la cimentación y el suelo expresada en forma de porcentaje con respecto al área total de la cimentación. Los criterios por defecto del porcentaje de superficie de contacto entre la cimentación y el suelo son los siguientes:

    • ELU: 10 %
    • ELS (para una combinación frecuente): 100 %
    • ELS (para una combinación poco frecuente): 75 %.

    Estos valores cumplen los requisitos de la norma Fascicule y se pueden modificar según sea necesario.

    El documento DTU 13.12 no impone ningún requisito específico para el arrancamiento de la cimentación. Sin embargo, puede imponer limitaciones para la superficie de contacto de forma análoga a la norma Fascicule 62 Titre V. En función de la norma DTU 13.12, las combinaciones según norma frecuentes y poco frecuentes no se distinguen en ELS. En este caso, solo hay dos límites accesibles, por separado para ELU y por separado para ELS.

  3. EN 1997-1:2004 y ENV 1997-1:1994 (EC 7)

    El Eurocódigo 7 impone requisitos especiales para las cimentaciones con una gran carga en excentricidad (6.5.4). Se puede dimensionar una cimentación teniendo en cuenta la condición de límite de una posición de la resultante de fuerza de 1/3 de la longitud o la anchura 6.5.4 (1).

    Debido al peligro asociado al arrancamiento de la cimentación, se puede introducir una condición más rigurosa para la posición de la resultante, que impide el arrancamiento (1/6 de la longitud o la anchura) correspondiente al núcleo de la sección. Esta condición puede aplicarse al dimensionamiento de cimentaciones para estructuras de mayor importancia.

    Estas limitaciones se definen en el cuadro de diálogo Opciones geotécnicas de la ficha General.

  4. PN-81/B-03020

    La norma polaca divide las cargas ELU en estos dos grupos:

    • Cargas de larga duración
    • Cargas totales

    Para cada grupo de carga, se puede determinar una posición de la resultante de carga en una base de la cimentación. No se puede definir una excentricidad para las cargas de larga duración superior a la de las cargas totales.

    A estos grupos se les pueden aplicar las siguientes limitaciones de ubicación de excentricidad:

    Núcleo 0

    La ubicación de la excentricidad en el núcleo 0 garantiza que esté seleccionada esa forma de base de la cimentación para que la carga en la excentricidad para la flexión unidireccional no supere 1/30 de la dimensión de la base de la cimentación. En este caso de distribución de tensiones bajo la cimentación, los estudios permiten la aplicación de un método de cálculo simplificado, como en el caso de la carga axial, junto con un coeficiente de seguridad adicional.

    Nota: Los cálculos en el módulo siempre se realizan de forma exacta.

    Núcleo I

    El núcleo 1 impide que se haya una separación debajo de la base de la cimentación, lo que indica un levantamiento. En este caso, la excentricidad no puede superar los valores A/6 y B/6, por lo que el eje neutro no se interseca con la base de la cimentación.

    Para la cimentación de pilares de pasillos industriales cargados con grúas de circulación aérea, el resultado de los esfuerzos de cálculo para pesos propios y cargas vivas y de corta y larga duración no puede sobrepasar el núcleo de la base de la cimentación 2.3 d.

    Núcleo II

    El núcleo generalizado se ha introducido debido a la limitación de la separación permitida bajo la cimentación cuando se produce la elevación de la base de la cimentación 2.3 a. La norma permite la separación entre el suelo y la base de la cimentación. El rango no puede ser mayor que la mitad de la distancia C', entre la línea recta que se extiende paralela al eje neutro y pasa por el centro de gravedad de toda la base, y el punto más externo de la base que se encuentra frente al punto en el que se produce el valor máximo de tensión q rmax . Por lo tanto, el valor relativo permitido de una separación para el núcleo II es igual a 0.5 y se obtiene de la relación C/C'. En un caso simple de eB = 0, C = A/4, a C' = A/2.

  5. SNiP 2.02.01-83

    No hay ninguna condición que limite la excentricidad disponible en la norma mencionada. Si se requiere un análisis de este tipo, es necesario comprobar este valor manualmente.